Información actualizada con fecha 17/11/25


INFORMACIÓN DE TRANSPARENCIA [PDF]

ACCESO A LA DOCUMENTACIÓN DE TRANSPARENCIA

En la Federación Insular de Baloncesto de Gran Canaria (en adelante FIBGC) tenemos el compromiso de velar por la transparencia y por el buen gobierno como ejes vertebradores de la federación. La transparencia y la rendición de cuentas están presentes en todas las cuestiones que competen a la organización. Tenemos como prioridad potenciar la cultura de transparencia e integrar los principios éticos como elementos clave de nuestra organización.

 

La FIBGC está sujeta a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y a la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, siempre que perciba subvenciones públicas por importe superior a las cantidades previstas en dichas normas.

 

De acuerdo con lo previsto en dicha legislación, la FIBGC publica de forma periódica y mantiene actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de nuestras actividades.

Institucional

 

La Federación Insular de Baloncesto de Gran Canaria, es una entidad asociativa privada, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de las de sus asociados, que se encuentra reconocida, registrada y tutelada por el Gobierno de Canarias.

Figura inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias con el número 1610/93-C BIS A y constituida el 10 de marzo de 1993. La Federación Insular de Baloncesto de Gran Canaria tendrá su sede en Gran Canaria.


La denominación « Federación Insular de Baloncesto de Gran Canaria » es exclusiva de esta organización y está protegida por la normativa del Gobierno de Canarias, y es agente colaborador de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias cuando ejerce por atribución legal funciones públicas de carácter administrativo.


La Federación Insular de Baloncesto de Gran Canaria es una entidad de utilidad pública lo que, además de los beneficios que el ordenamiento jurídico general otorga, conlleva:

a) El uso de la calificación de «utilidad pública» a continuación del nombre de la Federación.

b) La prioridad en la obtención de recursos en los planes y programas de promoción deportiva de la Administración Estatal y de las Administraciones Locales, así como de los Entes o Instituciones públicas dependientes de las mismas.

c) El acceso preferente al crédito oficial del Estado.

d) Los beneficios fiscales o de cualquier naturaleza previstos en la normativa vigente.

La Federación Insular de Baloncesto de Gran Canaria, está integrada en la Federación Canaria de Baloncesto y Federación Española de Baloncesto

 

Organizativa

Normativa interna:

 

Normativa externa:

 

  • Información relativa a las funciones y competencias, al objeto social o al fin fundacional de la entidad

Es competencia de la Federación Insular de Baloncesto de Gran Canaria (incluida dentro de la Federación Canaria de Baloncesto) la calificación, organización y dirección de la actividad oficial de la modalidad de baloncesto y la especialidad del 3x3 y baloncesto playa en el ámbito territorial insular correspondiente a la isla de Gran Canaria.

La Federación ejerce, bajo la tutela de la Administración Pública, las funciones públicas de carácter administrativo previstas en el artículo 66.1 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el. deporte de Canarias.

La Federación ejerce como funciones propias las de gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación de las especialidades deportivas que corresponden a cada una de sus especialidades deportivas y específicamente y sin carácter limitativo las siguientes:

  1. Formación e investigación científica en el ámbito de la Baloncesto, sin perjuicio de las competencias en materia de formación académica que correspondan a la Administración Pública o le sean atribuidas o delegadas a la propia Federación.

  2. Reglamentación de la actividad federativa y de su estructura organizativa, sin perjuicio de las competencias del Gobierno de Canarias sobre la regulación del modelo federativo canario.

  3. Gestión de instalaciones, servicios e infraestructuras deportivas vinculadas a su modalidad deportiva.

  4. Colaboración o contratación con las Administraciones Públicas de l a gestión de servicios públicos o prestación de servicios vinculados a su modalidad deportiva.

  5. Contratación civil, mercantil, laboral o profesional destinadas al óptimo cumplimiento de su objeto social.

  6. Creación o integración a entidades cuyo objeto social coincida total o parcialmente con los fines y competencias federativas

  7. Ejercicio de actividades de carácter industrial, comercial, profesional o de servicios.

  8. Fomento del asociacionismo deportivo en el ámbito del Baloncesto.

  9. Previsión de medidas de consecución para una práctica deportiva saludable, igualitaria entre hombre y mujeres e inclusiva, exenta de violencia, racismo, xenofobia, homofobia, lesbofobia, bifobia y/o transfobia y de todo método extradeportivo y desarrollo de medidas de cooperación social y deportiva con otras entidades vinculadas al objeto social federativo.

  10. Expedición de las correspondientes certificaciones, licencias, permisos, autorizaciones y credenciales sobre la actividad de Baloncesto.

  11. Arbitraje, conciliación y mediación en materia deportiva.

  12. Aquellas otras que le sean atribuidas, transferidas, delegadas o encomendadas por quien tenga la competencia de su ejercicio y así se acepte por la Federación.

 

  • Organigrama de la entidad

  • Organigrama

 

Administradores y directivos

  • Identificación, perfil, méritos académicos y trayectoria profesional

  • Ninguno de los cargos que componen la Junta de Gobierno perciben retribuciones por el desempeño de sus funciones.

 

Servicios y procedimientos

  • Canal ético https://fibgrancanaria.canales-eticos.com/#/

  • Descripción del uso del canal interno de información de la Ley 2/2023, y principios esenciales del procedimiento de gestión Este canal se pone a disposición de las personas informantes que comuniquen o releven públicamente información sobre acciones u omisiones contrarias a las materias previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como conforme a lo establecido en la DIRECTIVA (UE) 2019/1937 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión; que hayan sido obtenidas en el marco de su relación con la FIBGC.

 

Económico-financiera

 

Contratos

 

No se han formalizado contratos a través de procedimientos de licitación durante el periodo 2020-2025.

  • Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público

 

No aplica, ya que no se han formalizado contratos a través de procedimientos de licitación durante el periodo 2020-2025.

  • Modificaciones de los contratos formalizados

 

No aplica, ya que no se han formalizado contratos a través de procedimientos de licitación durante el periodo 2020-2025.

  • Decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos

 

No se ha desistido ni renunciado a ningún contrato durante el periodo 2020-2025.

  • Relación de contratos menores: denominación y objeto; duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, instrumentos a través de los que, en su caso, se haya publicitado; número de licitadores/ras participantes en el procedimiento, e identidad de las personas o entidades a las que se adjudica el contrato

 

No se han formalizado contratos menores durante el periodo 2020-2025.

 

Convenios y encomiendas de gestión

  • Partes firmantes y denominación del convenio; objeto, con indicación de las actuaciones o actividades comprometidas; plazo y condiciones de vigencia; órganos o unidades encargadas de la ejecución y obligaciones económicas/financiación, con indicación de las cantidades que corresponden a cada una de las partes firmantes

 

No ha suscrito ningún convenio ni encomienda de gestión con la Administración pública en el periodo 2020-2025.

  • Modificaciones realizadas durante la vigencia: objeto y fecha

 

No ha suscrito ningún convenio ni encomienda de gestión con la Administración pública en el periodo 2020-2025.

 

Ayudas y subvenciones

 

Informes

  • Informe de transparencia

  • Informes del Comisionado de transparencia

 

El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias es un órgano creado por la Ley de Transparencia de Canarias y dedicado al fomento, análisis, control y protección de la transparencia y del derecho de acceso a la información pública en el ámbito canario.

 

 

 

 
 
 
 
Save
Cookies user preferences
We use cookies to ensure you to get the best experience on our website. If you decline the use of cookies, this website may not function as expected.
Accept all
Decline all
Analytics
Tools used to analyze the data to measure the effectiveness of a website and to understand how it works.
Google Analytics
Accept
Decline